LEY (¿Orgánica?) DE ERRADICACIÓN DE LA VIOLENCIA DE SEXO.
Esta ley se hace absolutamente necesaria en España porque los casos de muerte en las mujeres y niños a manos de sus maridos, parejas o ex-parejas tiene una incidencia de alrededor 50 casos al año de mujeres y de varios hijos.
PREÁMBULO
El Congreso de los Diputados el 24 de julio de 2017 aprobó EL PACTO DE ESTADO SOBRE LA VIOLENCIA DE GÉNERO que pretende que las mujeres y sus hijos estén protegidos en todo momento desde que el médico de familia identifique el más minimo indicio de maltrato. El pacto asigna para su cumplimiento 1.000 millones de euros para cinco años para llevar a cabo 200 medidas legislativas, entre las que sobresalen las siguientes:
Tener protección y subvención económica antes de denunciar una posible agresión,
Detectar casos futuros en atención primaria de salud y urgencias.
Conceder beneficios fiscales para hijos y huérfanos de las víctimas.
Impedir la custodia compartida para padres maltratadores.
Suprimir los atenuantes jurídicos a los maltratadores.
Dispensar a la víctima la obligación de declarar en un juicio.
Crear unidades de apoyo a las víctimas reales y futuras.
Reforzar la seguridad con policias especializados las 24 horas.
En la escuela impulsar medidas educativas contra el machismo.
Estudiar en el colegio la asignatura de Historia del Feminismo.
Pedir a los media que impulsen una imagen veraz de la mujer.
Desarrollar un Codigo de Publicidad no sexista.
Una ley de erradicación no puede ser suplantada por el Pacto de Estado sobre la Violencia de Género, pero debe salir al paso de la mayor parte de los deseos de este y criticar constructivamente algunos de sus aspactos:
1.- Habla de la mal llamada <violencia de género> y no Violencia de Sexo.
2.- Al inclinarse por el sexo masculino la denomina también <machismo>.
3.- Olvida que hay casos de <machismo femenino>, aunque muy escasos.
4.- No hay medidas preventivas de los actos violentos, sino solo protección.
5.- Tener una ayuda económica sin denuncia puede originar picaresca.
6.- Detectar victimas sin daños visibles y sin denuncia es casi imposible.
7.- Las concentraciones de protesta no sirven para una disminución de casos.
8.- Los medios de comunicación y el lenguaje sexista son muy decisivos.
9.- Laeducación feminista en la escuela y en el colegio son muy importantes.
LA LEY DE ERRADICACIÓN DE LA VIOLENCIA DE SEXO será elaborada por los servicios de demografía y estadística del Ministerio de Sanidad con ayuda de personas o instituciones expertas como el Observatorio de la Imagen de la Mujer.
El contenido de la ley irá dirigido a la prevención de los hechos violentos para que lleguen así a erradicar totalmente la violencia:
1.- En caso de denuncias fehacientes de un maltrato machista la mujer y sus hijos tendrán una completa protección por parte de la justicia con <Ordenes de Alejamiento> y de policia especializada con <Acciones Cotidianas> muy cerca de la maltratada y sus hijos.
2.- Las mujeres denunciantes y sus hijos tendrán una dotación económica para que no tengan que depender de su maltratador y en su caso de beneficios fiscales para ellas y sus hijos huérfanos.
3.- Los maltratadores, si son identificados y antes de cometer el supuesto acto definitivamente delíctivo, serán obligados a someterse a consejos de sus maltratos e intenciones violentas por equipos de psicología o de psiquiatría.
4.- La falta de educación o de educación tergiversada es la inclinación más notable y la fuerza mayor que conduce al maltratador a comer violencias extremas contra sus esposas, parejas o ex-parejas y contra sus hijos.
5.- Por lo dicho, la escuela primaria, el instituto de secundaria y la enseñanza universitaria tendrán clases de <feminismo> con profesoras o profesores al nivel que corresponda que hayan ganado su situación académica con oposiciones y tribunales de alto valor profesional.
6.- Lo antedicho deberá conseguir que los niños y niñas de muy corta edad y los jóvenes de ambos sexos conozcan perfectamente las ventajas de una convivencia pacífica y de una total aversión contra la violencia de sexo, llegando a ser adultos para enfrentarse a posibles discusiones de pareja sin que jamas lleguen a la violencia machista de él o de ella.
7.- La pronta en marcha de la presente ley es de la máxima importancia por la latencia en comprobarse los resultados, que indudablemente tardarán entre 30 ó 40 años en ser públicos, pero a los políticos que la ejerciten no les importará no tener prontas evidencias en aras a crear un futuro mejor para sus hijos y sus hijas, sus nietos y sus nietas.
Fdo.:Fernando RUIZ GARCÍA, M.D.
Médico-neurocirujano jubilado,
Ex-Jefe de Servicio Provincial de Neurocirugía
Hospital General Universitario de Alicante.
Ex-Profesor de Neurocirugía Asociado a las
Universidades Alicante y Miguel Hernández Elche.
Senador Socialista por Alicante de la
VIII Legislatura en la Comisión de Sanidad.
Presidente de Honor del PSOE-PSPV Alicante
LEY DE ERRADICACIÓN DE LA VIOLENCIA DE SEXO
Due Date:
Mon, 21/08/2023 (All day)